Los resultados sugieren que los “impuestos a la salud” son un medio efectivo para disuadir el consumo

La introducción de un impuesto a las bebidas azucaradas en México parece haber ayudado a reducir el consumo de bebidas gaseosas después de solo tres años, encuentra hoy un estudio publicado por The BMJ.

México tiene algunos de los niveles más altos de diabetes, sobrepeso y obesidad en el mundo. A partir del 1 de enero de 2014, México implementó un impuesto al consumo de 1 peso por litro (aproximadamente un aumento del 10% en el precio) sobre las bebidas azucaradas destinadas a reducir el consumo.

Desde entonces, los estudios han mostrado reducciones en las compras domésticas de bebidas gravadas, pero hasta ahora ningún estudio ha analizado cambios individuales en el consumo relacionados con el impuesto.

Entonces, un equipo de investigadores se propuso estimar el cambio en la probabilidad de consumir refrescos en una muestra de adultos mexicanos, antes y después de la implementación del impuesto.

Sus hallazgos se basan en tres oleadas de datos (dos oleadas antes de impuestos y una oleada después de impuestos) sobre el consumo de refrescos de 1.770 adultos (edad promedio 47) que participan en el Estudio de cohorte de trabajadores de la salud, un estudio de cohorte de profesionales de la salud. y sus familias en Morelos, México, de 2004 a 2018.

Los participantes completaron un cuestionario detallado sobre su consumo de alimentos y bebidas durante los 12 meses anteriores, y se los colocó en una de las cuatro categorías de consumo de refrescos (no, bajo, medio, alto).

Un no consumidor no consumió refrescos, un consumidor bajo consumió menos de una porción (355 ml) a la semana, un consumidor medio consumió al menos una porción a la semana pero menos de una porción al día, y un consumidor alto consumió al menos una porción al día.

Luego, los investigadores utilizaron un modelo estadístico, que se ajustó por factores influyentes como la edad, la educación y los ingresos, para estimar el cambio en la probabilidad de pertenecer a una de las cuatro categorías después de la implementación del impuesto.

Los investigadores encontraron que después de la implementación del impuesto, la probabilidad de convertirse en un no consumidor aumentó en 4.7 puntos porcentuales, y la probabilidad de ser un consumidor bajo aumentó en 8.3 puntos porcentuales.

Además, la probabilidad de estar en el nivel medio y alto de consumo de refrescos disminuyó en 6.8 puntos porcentuales para consumidores medianos y 6.1 puntos porcentuales para consumidores altos.

Se observaron asociaciones más fuertes en participantes con educación secundaria y educación superior que en aquellos con educación primaria o menos.


Distribución no ajustada de categorías de consumo de refrescos entre los participantes en el Estudio de cohorte de trabajadores de la salud entre 2004 y 2017. No consumidor = sin consumo de refrescos; bajo consumidor = consumido <1 porción / semana; consumidor medio = consumió 1 porción / semana a <1 porción / día; alto consumidor = consumido ≥1 porción / día

Al ser una cohorte de trabajadores de la salud, los resultados pueden no reflejar el comportamiento de toda la población mexicana. Además, este es un estudio observacional, por lo que no puede establecer la causalidad, y los investigadores no pueden descartar la posibilidad de que las estimaciones se puedan deber a otros factores no medidos.

Sin embargo, sus resultados se mantuvieron sin cambios y la fuerza de las asociaciones aumentó después de más análisis, lo que sugiere que los hallazgos resisten el escrutinio.

Como tal, dicen que los impuestos sobre las bebidas azucaradas son un medio eficaz para disuadir el consumo, y sugieren que mayores aumentos al impuesto “podrían alentar nuevas reducciones en los niveles de consumo muy altos en México”.

Agregan que se necesita más investigación para comprender las implicaciones a largo plazo que estos cambios podrían tener para el peso corporal o las enfermedades metabólicas.


Conclusión

El impuesto a las bebidas azucaradas de México (1 peso por litro) se implementó con el objetivo de reducir el consumo de bebidas no saludables. Nuestros hallazgos muestran el papel continuo que los impuestos podrían desempeñar en la reducción de la ingesta de refrescos tres años después de la implementación.

Se necesita más investigación para comprender las implicaciones a largo plazo que estos cambios podrían tener para el peso corporal o las enfermedades metabólicas. Una base de evidencia creciente sugiere que se podrían obtener reducciones considerables en el consumo de bebidas azucaradas con el impuesto actual. Se han realizado recientes llamamientos para aumentar el impuesto al 20%, para reducir aún más el consumo de bebidas no saludables.

Qué es lo que ya se sabe sobre este tema
Se han recomendado impuestos a las bebidas azucaradas como una intervención para reducir el consumo de azúcar.

 La evidencia de la efectividad de los impuestos en la reducción del consumo de bebidas azucaradas en México se ha establecido a través de estudios de compras y ventas a nivel doméstico.

 Ningún estudio ha analizado cambios individuales en el consumo relacionados con el impuesto en México

Lo que agrega este estudio
Tres años después de la implementación del impuesto, la probabilidad de ser un consumidor medio o alto de refrescos había disminuido, y la probabilidad de ser un consumidor bajo o no consumidor había aumentado.

 Se observaron asociaciones más fuertes en participantes con educación secundaria y educación superior que en aquellos con educación primaria o menos.

 Los impuestos sobre las bebidas azucaradas son un medio eficaz para disuadir el consumo; nuevos aumentos al impuesto podrían alentar nuevas reducciones en los niveles de consumo muy altos en México

Autor/a: Luz María Sánchez-Romero, Francisco Canto-Osorio, et al. Fuente: BMJ 2020; 369 doi: https://doi.org/10.1136/bmj.m1311 Association between tax on sugar sweetened beverages and soft drink consumption in adults in Mexico: open cohort longitudinal analysis of Health Workers Cohort Study

Noticia tomada de: https://www.intramed.net/contenidover.asp?contenidoid=96080

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